DECLARACION
CREA REGION CHILE
02 DE ENERO DE 2016
DECLARACION PROPUESTA CREA REGIÓN
COMITÉ Regionalista EMPRENDIMIENTO ACTIVO - "CREA"
POR UNA Descentralización Regionalista AHORA
DECLARACION
CREA REGION CHILE
02 DE ENERO DE 2016
DECLARACION PROPUESTA CREA
REGION
COMITÉ REGIONALISTA
EMPRENDIMIENTO ACTIVO – “CREA”
POR UNA DESCENTRALIZACION REGIONALISTA AHORA
1. EL
COMITÉ CREA DEL MOVIMIENTO AMPLIO REGIONALISTA
“CREA REGION CHILE” viene a
declarar en este acto que se propone a toda la comunidad regional de
ELQUI-LIMARI-CHOAPA poner en plena
acción un PLAN PILOTO DE
DESCENTRALIZACION REGIONALISTA, para la más urgente aplicación y su
tramitación legislativa que permita a esta IV REGION acelerar los procesos para
esta descentralización, tal como ya se ha planteado en los innumerables seminarios y talleres: “Chile
será descentralizado o no será desarrollado”.
2. El documento del Gobierno actual, denominado
“Propuesta de Política de Estado y Agenda para la Descentralización y el
Desarrollo Territorial Chile”, queda establecido como PROPUESTA de Gobierno al Parlamento, para la nueva administración política del
estado, documento hecho público el 07 de
Octubre de 2014, donde quedaron establecidas 70 medidas generales y las
diez medidas esenciales para
su implementación durante los plazos establecidos, lo que se puede revisar en
el blog www.10medidas.blogspot.com / y que pretendemos poner en aplicación en esta
IV Región de Chile. //
FUNDACION = WWW.chiledescentralizado.cl
3. El día 04 de diciembre de 2015, suscribimos con representantes de la
Fundación para la Descentralización y el Presidente del CORE una declaración de
voluntad para iniciar en esta IV Región un PLAN PILOTO DE
DESCENTRALIZACION.
Presentamos nuestras PRIORIDADES
4. Prioridad 1 --MEDIDA
ESENCIAL N°7-- : se implementará un “Registro de Personas Calificadas” que por
sus capacidades humanas, voluntad de trabajo y vocación de servicio al
desarrollo regionalista, perfil técnico y profesional, antecedentes sociales y
en general la voluntad de ser parte activa del PLAN PILOTO DE DESCENTRALIZACION
REGIONALISTA IV REGION EN LAS PROVINCIAS
DE ELQUI-LIMARI-CHOAPA. EL registro de
personas calificadas “RPC-CREA”, será totalmente voluntario
y podrán incorporarse a éste cuando hayan cumplido las condiciones establecidas
en el “ReglamentoRPC” para este efecto, del Comité Técnico Profesional de CREA
REGION CHILE, disponible en la web www.crearegion.blogspot.com.
Conjuntamente con el registro RPC de profesionales y
técnicos, se contará con la Red de Amigos
de CREA, que estará abierta a toda
las personas que deseen formar parte de este Movimiento Amplio Regionalista para la descentralización, sin
condiciones ni exigencias de ninguna naturaleza, cuando no existan impedimentos
mayores o de índole jurídica, legal, judicial o penal.
Un listado complementario y anexo al registro
“RPC-CREA” quedará disponible para personas que deseen ser colaboradores,
denominación “COCREA”, y sus aportes serán considerados según reglamento.
5. Prioridad 2 --MEDIDAS ESENCIALES N°4 y N°6--
: Área Metropolitana y Áreas Rezagadas. (Fondo de Convergencia para la Equidad Interregional ,
con el objeto de reducir brechas socioeconómicas en los territorios declarados
como Zonas Rezagadas)
La descentralización administrativa y territorial del
Gobierno de Chile es un paso fundamental para romper el desequilibrio entre las
regiones y la zona metropolitana.
Estamos clasificados como el país más centralista de Latinoamérica, lo
que produce severos problemas para el progreso local y nacional. El PLAN DE DESCENTRALIZACION con presupuestos regionales será prioritario
en la IV Región, estableciendo a su vez las diferenciaciones entre la Provincia de ELQUI y su plan de desarrollo metropolitano, separadamente con las provincias de
LIMARI-CHOAPA que presentan problemas estructurales totalmente distintos a la
provincia de Elqui. Para este programa
de PLAN PILOTO se considerarán los siguientes aspectos:
i)
Rezago de territorios que cuentan con decreto de tal
condición.
ii)
Comunas bajo situación de catástrofe por efectos de
terremoto y maremoto. Se requiere un Plan maestro de reparación y
reconstrucción diferenciado entre los territorios
rezagados de Limarí-Choapa y la Zona Metropolitana de Elqui.
iii)
Situación de sequía
crónica para toda la región, pero especialmente en las provincias de
Limarí y Choapa, ya que su economía está basada en los cultivos.
iv)
Desempleo estructural por causas múltiples y
concurrentes, como las anteriores y la caída de la actividad minera.
v)
Carencia de proyectos de desarrollo regional con mayor
impacto inmediato, como grandes obras de infraestructura para el progreso socio
económico, industrial, de transportes de alta eficacia, puertos y trenes,
acueductos y en general obras para empleo y producción a escalas mayores.
vi)
Desequilibrio entre los planes de inversiones
provinciales, donde los proyectos mayores son aplicados con centralismo intrarregional. El mayor
PIB se genera en Choapa pero es
la provincia con menos inversiones en obras.
vii)
En general, es notorio un CENTRALISMO INTRARREGIONAL que debe ser corregido. A su
vez, las demandas de ambos sectores, Territorios Rezagados (LIMARI-CHOAPA)
y Área Metropolitana (ELQUI), tienen
dimensiones y estructuras diferentes.
6. Prioridad 3
--MEDIDA ESENCIAL N°10-- : Fortalecer la Participación Ciudadana.
Se
trata, en este caso, de un conjunto de propuestas que estimulan poderosamente
la vinculación y la participación de la ciudadanía en los asuntos de interés
local y regional, dirigidas a la organización de la sociedad civil, a
plebiscitos, decisiones regionales y a una mayor transparencia en la gestión
pública.
Elaborar un PLAN PILOTO PARA LA DESCENTRALIZACION INTRARREGIONAL, según estudios que la
organización CREA REGION pueda desarrollar con sus profesionales y técnicos,
con sus colaboradores COCREA y con los
amigos del movimiento amplio regionalista CREA REGION CHILE. Para todos los efectos, se contará con el
apoyo de la FUNDACION PARA LA DESCENTRALIZACIÓN, lo que ya quedó suscrito como
declaración de voluntades por parte de la dirigencia nacional de dicha
fundación, por el actual Presidente del CORE
IV Región y por los representantes
de CREA REGION, con fecha 04 de diciembre de 2015, documento que forma parte de
esta iniciativa y la sustenta formalmente, lo que se incluye como documento anexo.
7. Firman En Esta primera Reunión del año, a 02/enero/2016.
LOS ASISTENTES --- HOJA DE FIRMAS EN PODER DE "CREA"
ANEXO
ACREDITACION DE VOLUNTAD FUNDACION CHILE DESCENTRALIZADO
DOCUMENTO ANEXO
DECLARACIÓN DE VOLUNTAD
LANZAR EL PLAN PILOTO IV REGIÓN
DECLARACIÓN DE VOLUNTAD
LANZAR EL PLAN PILOTO IV
SEMINARIO PARA LA DESCENTRALIZACION
LA SERENA - 04 DICIEMBRE 2015
LA SERENA - 04 DICIEMBRE 2015
EN LA SERENA, A 04 DE DICIEMBRE DE 2015
Einrich VON BAER
PRES. FUNDACION CHILE DESCENTRALIZADO... DESARROLLADO
LUIS MONCAYO
FUNDACION CHILE DESCENTRALIZADO- CAP REGIÓN IV
REGIÓN TEODORO AGUIRRE PRESIDENTE CAPITULO IV
EDUARDO ROZAS ELGUETA COMITÉ CREA REGIÓN
www.limari-choapa.blogspot.com
www.PROLIMARI.blogspot.com
www.pasochapetona.blogspot.com
GRUPO DE TRABAJO 30-DIC-2015 F.SFEIR-G.ROJAS-C.ROJAS-M.AHUMADA
.CREA.
.&.
FUNDACION CHILE DESCENTRALIZADO
LAS 10 MEDIDAS ESENCIALES
APORTE INFORMATIVO
.CREA.
www.PROLIMARI.blogspot.com
www.pasochapetona.blogspot.com
GRUPO DE TRABAJO 30-DIC-2015 F.SFEIR-G.ROJAS-C.ROJAS-M.AHUMADA
.CREA.
.&.
FUNDACION CHILE DESCENTRALIZADO
LAS 10 MEDIDAS ESENCIALES
DOCUMENTO OBTENIDO DE FUENTES OFICIALES
LOS PUNTOS prioritarios PLAN PARA NUESTRO SE HAN destacado EN LETRAS ROJAS
INFORME FINAL Descentralización
LAS DIEZ
MEDIDAS ESENCIALES
1.
PRIMERA:
Definición del Estado de Chile como Estado Descentralizado
Una primera aproximación
esencial en el plano constitucional es la adecuación de la Carta Fundamental
para dotar a los gobiernos regionales de las capacidades de autonomía de gestión
que les permitan desempeñar sus tareas. A partir de la definición del Estado de
Chile como uno de carácter descentralizado, sobre un territorio indivisible, la
autonomía política, por ejemplo, exige consagrar la elección popular de las
autoridades del ejecutivo regional, el sistema electoral aplicable, la
extensión del mandato y las normas básicas acerca de la responsabilidad
política. La descentralización fiscal, por su parte, requiere habilitar un
marco constitucional para ella, tales como la autorización para el
establecimiento y aplicación de ciertos tributos a nivel regional, del
endeudamiento regional y normas que precisen la afectación de determinados
impuestos al erario de los gobiernos subnacionales. Finalmente, respecto de las
competencias de gobierno y administrativas, también resulta conveniente ajustar
la Carta Fundamental para precisar sus competencias propias o exclusivas,
aquellas que compartirá con el gobierno nacional y aquellas en que este podrá
delegar su ejercicio en los gobiernos regionales. Una definición constitucional
precisa de las competencias de los gobiernos regionales no solo ayuda a reducir
los eventuales y previsibles conflictos de competencias que puedan suscitarse
entre los distintos niveles de gobierno, sino que es, además, condición
necesaria para atribuir al Tribunal Constitucional la función esencial de
dirimir tales controversias.
2.
SEGUNDA:
Elección de la máxima autoridad regional
Proponemos que el Ejecutivo
del Gobierno Regional sea elegido por la ciudadanía a partir de Octubre de 2016
(simultánea a las elecciones municipales). A él corresponderá la dirección del
gobierno y administración regional y ejercerá todas las competencias del
Gobierno Regional, así como presidir el Consejo Regional. El Presidente de la
República será representado por un Delegado del Gobierno Nacional cuya sede
será provincial, y que reemplace a los actuales Gobernadores. En él radican las
atribuciones de gobierno interior y la supervisión de la administración pública
desconcentrada (aquella que no se traspasa a los Gobiernos Regionales).
3.
TERCERA:
Traspaso de Competencias, Servicios y Programas
Entendiendo que un ejecutivo
regional con legitimidad democrática y sin atribuciones de gestión suficientes
es un sinsentido, la Comisión propone un calendario plurianual para traspasar
competencias, servicios y programas públicos desde los Ministerios y Organismos
Centrales a la dependencia de los Gobiernos Regionales y Municipalidades, de
modo que pueda ser incorporado en el proyecto de ley que se encuentra en el
Parlamento. Para acoger estos traspasos, se propone la creación, en cada
Gobierno Regional, de cuatro nuevas Direcciones del Gobierno Regional: Fomento
Productivo e Innovación (2015/16); Desarrollo Social (2016/17);
Infraestructura, Habitabilidad, Transporte y Medio Ambiente (2017/18); y
Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología (2018/19).
4.
CUARTA: Creación de un Sistema de Administración de Áreas
Metropolitanas
Uno
de los nudos de gestión pública que se hace más urgente modificar para crear un
sistema de administración eficiente y fluido, que dé una respuesta apropiada a
las demandas de los habitantes, es el de las áreas metropolitanas. En este
sentido, la Comisión propone crear un Sistema para la Administración de las
Áreas Metropolitanas (la de Santiago, que se propone denominar precisamente
como Área Metropolitana de Santiago, y las del Gran Valparaíso y Gran
Concepción, con
posible extensión futura a otras), basado en cada Gobierno Regional,
en articulación con las correspondientes Municipalidades. Se trata de
garantizar una mejor gobernanza metropolitana pero sin duplicar funciones y sin
crear un cuarto nivel de gobierno, esto es, generando una instancia que
imbrique las capacidades de coordinación del Gobierno Regional con las capacidades de
gestión de los gobiernos locales.
5.
QUINTA:
Ley de Rentas Regionales
Entendiendo, otra vez, que una
región con representatividad democrática y con competencias administrativas
pero sin recursos para gestionarlas constituye una combinación destinada a
fracasar, la Comisión propone crear una Ley de Rentas Regionales, que hoy Chile
no tiene, al tiempo que fortalecer la Ley de Rentas Municipales, de modo de
permitir la gestión autónoma local y regional desde el actual 18% hasta
alcanzar un 35% del gasto subnacional del total de ingresos fiscales en el
mediano y largo plazo, aún por debajo del promedio de los países de la OCDE,
correspondiente a un 45%. Se trata aquí de establecer una corresponsabilidad
que excluya la pereza fiscal, combinando la devolución de recursos desde el
nivel central pero también estimulando el esfuerzo local/regional y al mismo
tiempo, permitiendo a las regiones endeudarse para grandes inversiones que
reactiven la economía, poniendo límites nítidos que aseguren un proceso
financieramente responsable.
6.
SEXTA: Fondo de Convergencia para la Equidad Interregional
Con el objeto de
reducir brechas socioeconómicas en los territorios declarados como Zonas
Rezagadas, se propone crear el Fondo
de Convergencia para la Equidad Interregional, inspirado en el modelo de la
Unión Europea y de aplicación en otros países, tales como Canadá, Australia o
Japón, dirigido a establecer mínimos comunes de servicios garantizados en
cualquier parte del territorio nacional. La calidad de Zona Rezagada será
determinada por medio de indicadores objetivos, cualitativos y cuantitativos,
que permitan establecer que el territorio presenta niveles de aislamiento y
brechas importantes en distintos indicadores socioeconómicos respecto del
promedio nacional. Para ello, se postula un plan piloto de 200 millones de
dólares el año 2015, para crecer por ley a 600 millones el 2016, a 800 millones
el 2017, a 1000 el 2018, 1200 el 2019 y 1400 millones de dólares el 2020 en
estado de pleno régimen.
7.
SÉPTIMA: Sistemas Regionales de Gestión de Capital Humano
Se
trata de un conjunto de medidas específicas que la Comisión sugiere con el
objetivo fundamental de contar con Capital Humano Calificado (talentos) para el
Desarrollo de comunas y regiones, que contemplan una variada gama de incentivos
dirigidos a atraer, retener, formar, renovar y reconvertir técnicos,
profesionales y postgraduados. Es necesario destacar que, junto a la
Elección de Intendentes, ésta es la medida más demandada en los 15 Diálogos
Regionales.
8.
OCTAVA:
Fortalecer la Institucionalidad Pública Regional
El énfasis se pone, en este
conjunto de medidas, en las capacidades requeridas para liderar y articular
políticas públicas regionales. Se trata aquí, fundamentalmente, de proveer los
mecanismos que permitan fortalecer las instituciones públicas regionales,
potenciando el liderazgo del Gobierno Regional en el diseño, ejecución y
evaluación de políticas públicas regionales, sustentando de esta forma las
reformas estructurales políticas, administrativas y fiscales de un Chile más
descentralizado.
9.
NOVENA:
Democracia Local y Regional
La Comisión propone un
conjunto de ideas de innovación dirigidas a flexibilizar la creación de
partidos políticos regionales (modificando la Ley de Partidos Políticos), al
establecimiento de primarias obligatorias para la decisión de candidaturas,
mecanismos de limitación de la permanencia continua en el poder de unas mismas
personas (estableciendo límites a la elección: Intendente y Alcalde hasta dos
periodos consecutivos, Concejal y Consejero Regional hasta tres) y la exigencia
de voto programático, de modo que la ciudadanía se pronuncie sobre la base de
propuestas programáticas concretas, susceptibles de evaluarse en su
cumplimiento.
10.
DECIMA: Fortalecer la Participación Ciudadana
Se
trata, en este caso, de un conjunto de propuestas que estimulan poderosamente
la vinculación y la participación de la ciudadanía en los asuntos de interés
local y regional, dirigidas a la organización de la sociedad civil, a
plebiscitos, decisiones regionales y a una mayor transparencia en la gestión
pública. Se incluyen aquí la
posibilidad de exigir plebiscitos regionales y locales con un 5% de las firmas
del padrón electoral; y la sugerencia de que la ley establezca un sistema de
referéndum revocatorio para el mandato de una autoridad regional y local.
Para concluir esta Presentación, creemos que el conjunto de propuestas
constituye un hito significativo que se ha logrado en cumplimiento del mandato
de la Señora Presidenta: generar sugerencias de modificación institucional que
terminen con la desigualdad territorial y promuevan un desarrollo social y
territorial equilibrado y justo en todo el país; y
hacerlo de manera dialogante con la ciudadanía, con las regiones, buscando el
consenso y diálogo entre personas y entidades con diversas ideas e intereses,
y generando una proposición de Política de Estado que permita un proceso de
descentralización auténticamente transformador y políticamente responsable.
Comisión Asesora Presidencial en Descentralización y Desarrollo
Regional
MEDIDA
*4*ADMINISTRACIÓN DE ÁREAS METROPOLITANAS
2. Se propone incluir como
indicación al Proyecto de Ley en el Parlamento, lo siguiente:
2.1 La administración de las
áreas metropolitanas será de responsabilidad compartida, la que recaerá en el
Gobierno Regional con la colaboración de las municipalidades de las comunas que
las integran. Tales áreas, si bien constituyen un fenómeno geográficamente
localizado, como se precisa luego, en la práctica están estrechamente
vinculadas con el conjunto de la región con el cual interactúan en los ámbitos
social, político, cultural, económico y ambiental formando así un complejo
sistema de relaciones y dependencias. En consecuencia, el territorio de acción
que comprende el área metropolitana, equivaldrá a la totalidad de su área de
influencia, incluyendo explícitamente territorios urbanos y rurales.
2.2 Se
entenderá por área metropolitana una ciudad mononuclear o la extensión
territorial formada por dos o más centros de población unidos entre sí por
espacios construidos y que comparten la utilización de diversos elementos de
infraestructura y servicios urbanos, y cuya población supere las 250.000 personas, establecido por el organismo
pertinente.
(ESTO APLICARÍA
PARA LA PROVINCIA DE ELQUI)
2.3 En cada región del país
donde se configuren áreas metropolitanas, para cada una de estas áreas se
constituirá un Consejo de Alcaldes, el que estará integrado por aquellos de las
municipalidades a que correspondan las comunas comprendidas en el área
metropolitana. Tal Consejo será presidido por el alcalde de la municipalidad en
cuyo territorio se ubique la cabecera regional o provincial, en su caso.
2.4 Corresponderá al Consejo de Alcaldes:
a) Emitir opinión, previa a la
aprobación oficial por parte del Consejo Regional, de todos los instrumentos de
planificación referidos al área metropolitana. Entre estos se considera el Plan
Regulador Metropolitano, el de Transporte, el de Medio Ambiente, de
Infraestructura, y otros. Todos estos instrumentos serán objeto de consulta
obligada por parte del Gobierno Regional. Naturalmente, los problemas de las
áreas metropolitanas, particularmente en el transporte, fue mencionado en
regiones con las ciudades de mayor tamaño, como Santiago, Valparaíso y
Concepción, destacando particularmente esta última. El tema también fue debatido en otras
regiones con ciudades que enfrentan una compleja gestión como La
Serena-Coquimbo, Puerto Montt-P.
Varas y Temuco-Padre Las Casas.
b) Emitir opinión, previa a la
aprobación oficial por parte del Consejo Regional, sobre el proyecto de
presupuesto anual de financiamiento de inversión o programas (Anteproyecto
Regional de Inversión, ARI), referidos al área metropolitana. Tal proyecto de
presupuesto será objeto de consulta obligada por parte del Gobierno Regional.
c) Recibir, al menos con
periodicidad semestral, un informe de parte del Ejecutivo Regional, sobre el
avance que tiene el cumplimiento de las iniciativas incluidas en los
instrumentos de planificación y proyecto de presupuesto vigentes referidos al
área metropolitana.
d) Someter a consideración del
Ejecutivo y Consejo Regional todas aquellas materias estimadas como graves,
problemas emergentes o situaciones que, por ser relevantes en la gestión o
desarrollo del área metropolitana concernida, debiesen ser objeto de iniciativa
de estas autoridades. El Gobierno Regional deberá dar respuesta, en un plazo no
superior a 60 días, al tema planteado, precisando el alcance, recursos y plazos
de las iniciativas que se piensa abordar y/o de aquellas que ya están en
ejecución.
e) Proponer al Gobierno
Regional un programa de inversiones, con financiamiento municipal y regional,
de iniciativas de impacto intercomunal que no hayan sido consideradas en los
instrumentos o planes de inversión del Gobierno Regional.
f) Planificar, coordinar y
ejecutar acciones conjuntas inter-municipalidades para prevenir o resolver
problemas de carácter supra comunal y que no son considerados en el quehacer
del Gobierno Regional.
2.5. Gobierno Regional en Áreas Metropolitanas.
En aquellas regiones que cuenten con
áreas metropolitanas, la gestión del Gobierno Regional se organizará sobre la
base de 5 Direcciones Regiones. Tales Direcciones se conformarán con la
transferencia de competencias, servicios públicos y programas hoy de
dependencia central, como se indica a continuación: a) Fomento Productivo:
CORFO, SERCOTEC, SERNATUR e INDAP. b) Desarrollo Social: SENCE, INJUV, FOSIS,
SENAMA, SERNAM e IND c) Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología: CNCA, DIBAM,
CMN, C&T d) Infraestructura, Vivienda, Desarrollo Urbano, y Medio Ambiente:
Arquitectura-Vialidad- Obras Hidráulicas (MOP), SERVIU y M. Ambiente. e)
Transporte: vialidad urbana SERVIU, D. Arquitectura, D. Vialidad, D. Obras
Portuarias, SECTRA y UOCT del MTT.
2.6. La gestión del espacio
urbano debe considerar, entre otras, los siguientes instrumentos: Plan de Medio
Ambiente del Área Metropolitana; Plan y Gestión de Vivienda y Hábitat; Plan
Plurianual de Inversiones Metropolitanas (aguas lluvias, parques urbanos,
etc.); Administración del sistema de residuos domiciliarios y Borde Costero.
2.7. La gestión del transporte
debe integrar lo siguiente: Planificación de los sistemas de transporte urbano;
Planificación de vialidad urbana y territorial; Planificación de inversiones y
gestión de la infraestructura de transporte; Regulación del transporte público
y privado; Concesión de servicios y gestión de contratos del transporte
público; Administración de recursos de la ley de subsidio al transporte
público; Gestión del transporte público y de tránsito intercomunal. Dada la
complejidad y necesidad de tratamiento sistémico del sector transporte, es
conveniente que esta propuesta sea consistente con el compromiso presidencial
de constituir Autoridades Metropolitanas del Transporte y con el diseño que
para ellas ha formulado el Ministerio respectivo.16 En cualquier caso tal
entidad estará subordinada a la autoridad del Gobierno Regional, el que
designará a su directivo y velará por la adecuada coordinación con las demás Direcciones
o unidades bajo su responsabilidad política.
2.8. En el propósito que la
administración de las Áreas Metropolitanas sea ejercida en forma plena por los
Gobiernos Regionales, en colaboración con las Municipalidades, corresponderá a
este ejercer aquellas competencias, de carácter residual, que no hayan sido
asignadas en la Constitución o la Ley a organismos dependientes del 16
“Autoridades Metropolitanas de Transporte: Funciones y Traspaso de
Atribuciones”. Propuesta preliminar del equipo de trabajo del M. de Transporte
y Telecomunicaciones que estudia la creación de estas Autoridades. Minuta 24 de
julio de 2014. 49 Gobierno Central. Se exceptuarán aquellas que, por su
naturaleza, no sean susceptibles de transferencia. Las discrepancias que puedan
emerger serán resueltas por el Senado.
2.9. En el caso de la Región
Metropolitana de Santiago habrá un “Administrador Regional Metropolitano”,
designado por el GORE y que estará a cargo de la gestión operativa, con
competencia en toda la región, incluido los sectores rurales. Dadas las
particularidades de esta región se propone que el Ejecutivo impulse un cambio
de denominación, por el de “Área Metropolitana de Santiago”, y otras medidas
que reconozcan la condición de capital nacional de la ciudad de Santiago.
2.10. En las áreas
metropolitanas denominadas Gran Valparaíso y Gran Concepción, habrá un
“Administrador del Área Metropolitana”, a cargo de la gestión operativa en el
territorio definido, el que será designado por el Ejecutivo y Consejo Regional,
previa consulta al respectivo Consejo Metropolitano de Alcaldes. Este último
deberá aprobar con 2/3 de sus integrantes la propuesta del Ejecutivo Regional.
2.11. En aquellas otras Áreas
Metropolitanas de menor complejidad, por constituir fenómenos de conurbación
bicomunales o grandes ciudades mononucleares circunscritas a una comuna, la
gestión política y administrativa estará radicada, preferentemente, en las
respectivas autoridades municipales. En el caso de Áreas Metropolitanas
bi-comunales ellas podrán ser gestionadas por los alcaldes con
base en sistema rotatorio y apoyadas en una Secretaría Técnica Intermunicipal;
quedando ambos elementos a definición de las propias autoridades concernidas.
Alternativamente, las autoridades municipales pueden solicitar al Gobierno
Regional se designe un Administrador, acogiéndose al modelo de gestión descrito
en el numeral anterior, para el Gran Valparaíso y Gran Concepción.
2.12. El financiamiento de las
iniciativas asociadas a la Administración de las Áreas Metropolitanas, en las
modalidades ya indicadas, provendrá de recursos propios de los Gobierno
Regionales y Municipalidades; de recursos centrales asociadas a competencias
que les sean traspasadas; impuestos, royalties, tasas o gravámenes que se
apliquen a actividades insertas en el territorio (puertos, u otras), recursos
aportados bajo concepto de solidaridad intermunicipal e ingresos por mejoras y
plusvalías urbanas.
APORTE INFORMATIVO
.CREA.